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Competencias

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La respuesta para asegurar el futuro es “renovar” innovando. Ambos términos deben ir juntos para asegurar unos modelos de negocio más competitivos.

El beneficio no será inmediato pero más seguro. En nuestro caso, el Estado Español, representado por TURESPAÑA, El Gobierno de Canarias, representado por la Consejería de Turismo, el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana suscriben el Convenio de Colaboración mediante el que se constituye el Consorcio Urbanístico para la rehabilitación de las zonas turísticas de San Agustín, Playa del Inglés y Maspalomas.

El consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de las zonas turísticas de San Agustín, Playa de Inglés y Maspalomas es tanto como se quiera y tanto como se necesite. Desde él se puede redactar y ejecutar planeamiento, proyectar, contratar y realizar obras tanto públicas como privadas; comprar, vender, alquilar, prestar servicios de todo tipo, asesorar, tramitar licencias, subvenciones y un etcétera tan largo como queramos.

El ámbito territorial donde el Consorcio desarrollará sus fines comprende las zonas turísticas de San Agustín, Playa del Inglés y Maspalomas en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana. El Consorcio tiene personalidad jurídica y patrimonio propios, y por tanto plena capacidad jurídica propia e independiente para adquirir, poseer, gravar y vender bienes de todo tipo, para contraer obligaciones, contratar toda clase de obras, servicios y suministros, otorgar concesiones, contratar personal, adquirir derechos, y ejecutar cualquier tipo de acciones civiles, administrativas y penales.

El objeto del Consorcio es llevar a cabo el conjunto de actuaciones con incidencia territorial-urbanística incluidas en el Plan para la rehabilitación de las zonas turísticas de San Agustín, Playa del Inglés y Maspalomas, con el objeto de llevar a cabo la modernización y renovación turística de esta zona y, en particular, de sus dotaciones e infraestructuras, mediante los instrumentos de ordenación, desarrollo y ejecución previstos por las Leyes. Todo ello, además, de acuerdo con las actuaciones previstas en el convenio de colaboración establecido para este fin.

El Consorcio realizará sus actividades en nombre propio, y para el establecimiento, conservación, prestación y desarrollo de sus fines, el Consorcio tendrá plena competencia, y los acuerdos o resoluciones que adopten sus órganos de gobierno obligarán a las entidades consorciadas. Para el cumplimiento de sus fines el Consorcio urbanístico ejercerá las funciones que se establecen en la cláusula cuarta del Convenio de colaboración de fecha 3 de noviembre de 2008.

PRÓXIMAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
  • Creación de circuitos ciclables. Implantación de servicio de bicicletas.
  • Colaboración con el Centro de Información del Faro.
  • Ordenanza de publicidad comercial.
  • Proyecto de señalética urbana.
  • Proyecto remodelación Anexo II.
  • Segunda fase aparcamiento San Agustín.
  • Salón de la renovación turística.
OTRAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
  • Convenio para la agilización de licencias de renovación.
  • Convenio para la cogestión de las disciplinas urbanísticas y turísticas.
  • Convenio para la atracción de inversiones al sector.